Análisis: parques eólicos podrían ir a la ruina por devolución de primas

La compleja normativa del funcionamiento del mercado eléctrico va a llevar a la ruina a una serie de parques eólicos de las Islas Canarias por incumplimiento de una normativa poco transparente y sencilla. Estos parques han apercibido la sanción de perder todas las primas o retribución específica por no haber certificado el cumplimiento de los requisitos de respuesta frente a los huecos de tensión, algo que en algunos casos los deja en quiebra y en otros al borde del concurso de acreedores, reseña el diario digital El Periódico de la Energía

La liquidación definitiva de 2012 les ha dejado, sin previo aviso, sin las primas ya percibidas. Tienen que devolverlas. Y probablemente también las de años posteriores. La normativa actual obliga a los productores de energía eólica a cumplir con el Procedimiento de Operación (PO) 12.3 Requisitos de respuesta frente a huecos de tensión de las instalaciones eólicas. El problema, es que este PO se realizó en 2006 cuando prácticamente no existía la eólica en las islas Canarias y se refería por entonces al desarrollo eólico penínsular que empezaba a despuntar.

“El problema surge para las instalaciones de los sistemas extrapeninsulares”, explica Piet Holtrop, del bufete que lleva su nombre y que defiende a varios parques en una demanda que han interpuesto en la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, “respecto de las que no está claro el Procedimiento de Operación aplicable”.

“Con el RD 1565/2010”, continúa, “se impone el cumplimiento de la normativa de huecos de tensión como condición para el cobro de la retribución, con lo que es vital para toda instalación renovable obligada a ello adaptarse a la normativa. El problema es que hay instalaciones que, por su antigüedad, no están diseñadas para adaptarse con facilidad a la normativa de huecos de tensión. El Ministerio sacó un listado de aerogeneradores “no adaptables” por razones técnicas, y que por tanto no se verían obligados a cumplir con la normativa de huecos de tensión. Ninguno de los aerogeneradores de nuestros clientes canarios fue incluido en el listado, pero como no tenían claro si la obligación aplicaba a península o a toda España, no hicieron nada, más allá de consultas informales con el Ministerio y REE”.

Unos meses antes, el Ministerio de Industria, reconocía que existía un vacío legal a la hora de reconocer a los sistemas extrapenínsulares esta normativa.

Esto decía en diciembre de 2009. Antes de aprobar la normativa sobre cómo afectaría a las primas de las instalaciones. Ahora es 2017 y ese reglamento, ese procedimiento de operación sigue sin existir.

” La AEOLICAN entiende que la aplicación en Canarias de un Procedimiento de Operación que fue desarrollado por las necesidades de la seguridad del sistema eléctrico peninsular es injustificada. Ya que durante el desarrollo del Procedimiento, se excluyó del mismo desde su origen a los territorios extrapeninsulares, por las características particulares de los sistemas eléctricos pero sobretodo porque la escasa implantación eólica no suponía ningún riesgo para la seguridad del sistema”, aseguran desde la patronal eólica canaria.

“En casi todos los casos, se dio la circunstancia que los certificadores no podían emitir un certificado ya que no existía un procedimiento de verificación adaptado a los sistemas eléctricos extra peninsulares. El propio Ministerio reconoció que había un vacío legal de procedimientos para los huecos de tensión para los Parques Eólicos situados en Canarias”, explican.

El caso es que con el paso de los años, nadie reclamó nada a estas instalaciones eólicas de Canarias. Todos los meses percibían sus correspondientes primas en las liquidaciones de la CNMC.

Pero el año pasado, con la liquidación definitiva de 2012, les llegó que tenían que devolver el dinero percibido a la CNMC, al sistema. En algunos casos de los afectados, las primas a devolver ascienden a 400.000 euros por ese ejercicio.

“Exigir a los titulares de los Parques Eólicos la adecuación de los mismos y reclamarles devolución de liquidaciones pasadas, cuando son tecnologías descatalogadas y sobre todo en el final de su vida útil no tiene mucho sentido técnico y provoca un hundimiento patrimonial insalvable para dichas instalaciones, que, en muchos casos, son vitales para la desalación y que en cualquiera de los casos pronto serían repotenciadas o sustituidas por turbinas modernas, estas sí, ya adecuadas a los nuevos requisitos antes los huecos de tensión”, dicen desde Aeolican.

Varias instalaciones afectadas han recurrido a la Audiencia Nacional esta sanción por desproporcionada y porque, según ellos, no se ajusta a derecho. Desde el Bufete Holtrop explican que el Ministerio tenía que haber notificado a cada instalación cómo le afectaría el procedimiento de operación, si sus máquinas tenían que certificarlo o no. “Algo que no ocurrió porque lo único que hizo el Gobierno fue enviar una notificación general, cuando la normativa exige que sea particular”.

“El argumento principal es el de que falta un acto intermedio por el cual se determine la no adaptación del parque a la normativa de huecos de tensión. Es cierto que el Ministerio declaró la obligación del parque de adaptarse, pero en ningún momento se tiene constancia de que se recibiera resolución alguna en que se confirmara la no adaptación y se diera un plazo de audiencia al interesado para poder expresar su punto de vista. Y ello, teniendo en cuenta toda la complejidad normativa en torno a qué Procedimiento de Operación resultaba de aplicación”, asegura Piet Holtrop.

Los demandantes han aportado una prueba pericial realizada por Alberto Ceña, quien estuvo detrás del PO 12.3 cuando se realizó en 2006. Ahora le toca a la Justicia tomar una decisión. De momento, la situación de los parques está en entredicho.

Fuente: Ramon Roca
Análisis: parques eólicos podrían ir a la ruina por devolución de primas Análisis: parques eólicos podrían ir a la ruina por devolución de primas Reviewed by Anónimo on 4/09/2017 Rating: 5

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